Los camaristas de Casación sostuvieron que la calificación de genocidio carece de un fundamento jurídico eficaz. Lo hicieron al revisar un fallo del Tribunal Oral Federal 1, que en 2015 había condenado a ocho represores. El máximo tribunal penal confirmó las penas que se habían dictado, ratificó el uso de la figura de desaparición forzada, pero anuló la de genocidio y desestimó casos de víctimas incorporados durante el debate.

En la causa conocida como Conscriptos, el Tribunal Oral Federal de Resistencia dispuso penas de entre 9 y 18 años de prisión para militares y policías retirados. La presidenta del TOF, Noemí Berros, consideró que los delitos de lesa humanidad fueron cometidos “en el marco del segundo genocidio nacional”, por el reconocimiento de la Justicia chaqueña a los crímenes perpetrados contra los pueblos indígenas.